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jueves, 2 de mayo de 2013

ANSES, 2 DE MAYO DEL 2013 PUBLICÓ LA LISTA CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA QUINCENA DE PAGOS DE SENTENCIAS

Anses publicó hoy la lista correspondiente al pago de sentencias correspondiente a la primera quincena de Mayo y la misma consta de 1523 sentencias divididas en 725 cambio de haber, 211 que no beneficia y 587 pago de retroactivo en efectivo.
Para ver las listas cliquear Aquí

Como ha habido lectores que han tenido problemas para ver la lista  por tener un oficce más antiguo, pongo el siguiente enlace para que lo puedan bajar o abrir, es indistinto.
Para ver las listas con oficce más antiguo cliquear Aquí

246 comentarios:

  1. me ayudas a enteder que significa esto gracias soy amalia 40 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable. Para mayor información, por favor acérquese a la dependencia donde se encuentra su expediente. F.Estado: 30.04.2013
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 10.02.2012
    Última dependencia: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C"
    Último Pase
    Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C" Fecha Salida: 30.04.2013
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada

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    1. Amalia, ya te respondí antes, esto indica que esta en los últimos pasos, tendría que pasar por deudas previsionales y despues Coordinación Mesa de Entradas y Archivo, tendr´´ias que hablar con tu abogado, aunque supongo que él o ella ya deben estar enterados, sino que pidan un Rub o averiguen para cuando calculan que saldra el pago.
      Mucha suerte.

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  2. hola charly quiero saber como hago para mirar la lista por que no me deja el excel que tengo y no se como hacerlo gracias

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    1. Que raro, a mi no me dió problema, esta bien que uso el oficce 2010, voy a hacer una copia para excel viejos.

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    2. moine maria irene1 de junio de 2014, 19:07

      hola quiero saber de mi pencion ,desde el 2008, ahora esta en DRSJ A COMPUTO Y LIQUIDACION A. muchas grasias

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    3. Hola Maria Irene no entiendo tu situación, estás solicitando una pensión o es un reajuste de haberes de una pensión, me extraña que sea una solicitud de pensión y recién esté en computos ya tendría que haberse efectivizado, ahora si es un reajuste de haberes está en uno de los pasos previos al pago, igual todavía faltan varias oficinas si sigue un curso normal y no vuelve al principio.
      Mucha suerte

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  3. Hola Charlie, antes que nada muchas gracias por la ayuda que le das a todos! Impecable tu laburo. Queria saber si tenes idea de esto, el juez ya dijo que la anses tiene que pagar, de ahi cuanto demora en pagar la anses? tenes idea en que fecha publicaran el de la segunda quincena?

    Muchas gracias
    Federico

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    1. Hola Federico,mirá la Anses paga cuando se le da la gana, si es poca la diferencia con el haber sale dentro de todo bastante rapido, pero si la diferencia es mucha, generalmente tarda muchisimo y termina pagando mal, no te puedo dar una fecha, es futurología,hay gente que cobro a los dos años y gente que lleva más de cuatro, a mi padre le tardaron más de 3 años y medio después de la sentencia y con respecto a la lista de la segunda quincena saldrá después del 21 del corriente si tenemos suerte.

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  4. Hola, Charly como estas? El expediente de mi padre ahora paso de iniciación a DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C. (los 120 días para que paguen vencieron en diciembre de 2012). Teóricamente en esta oficina C harán el calculo de lo que tienen que pagar? Sabes si hay diferencias entre A, B, C alguna es mas rápida que la otra?

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    1. Hola, si en Computos y Liquidaciones hacen el calculo de lo que deberían pagar y el retroactivo, despues que lo hagan bien es otra historia, con respecto a A, B,C,etc, no tengo información si alguna es un poco más rapida que otra, para mi son lentas toas las oficinas, diferencias no hay, es la que toca por sorteo.
      Suerte

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  5. y sabes si en las oficinas de computos y liquidaciones suele salir rápido o tarda? mi pregunta es, el calculo lo hacen rápido y después tardan en pagar o tardan años en calcular porque ni bien sale de la oficina deberían pagar? no se si me explico. Quiero tener una idea si aca puede estar muchos meses o saldrá rápido y si una vez que sale de ahi pagarán.

    Mil Gracias!!!!!!!!!!!

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    1. Eso es dificil de decir, generalmente está 3 meses en una oficina, pero puede salir y pagar o salir y a otra oficina y volver a computos, nunca se sabe

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  6. Charly que pasa con la pagina del ANSES, quiero ver si salio la 2da. quincena de Mayo de las sentencias judiciales y no se puede abrir.
    MUCHAS GRACIAS. sos un genio!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! rosa

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    1. No se que pasa, pero hace más de dos días que la pagina no anda, que casualidad, tenia que publicar la lista de la segunda quincena y se le cayo la pagina

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  7. CHARLY, vos que todo lo solucionas, te hago una pregunta porque me quedan dudas, mi esposo tiene sentencia firme. remitida a ANSES pero no con un OFICIO, sino con una cedula, ANSES puede pagar con Cedula, o mi abogado tendria que haber pedido el oficio.
    En Mayo hubo dias de huelga en La corte suprema ? porque mi abogado dice que los 120 dias que vencian el 29 de mayo se tienen que correr
    10 dias mas. es correcto.
    GRACIAS MIL por tu ayuda

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    1. Hola, mira, no se si lo comunican por cedula judicial u oficio, pienso que no tiene importancia, lo importante es que se notifique de la sentencia, lo de la Corte no tiene nada que ver con la Anses, los 120 días habiles son de la Anses, igual no te preocupes, no lo cumplen nunca, y no hacen caso ni siquiera a los requerimientos judiciales,a mi padre le tardaron más de 3 años y medio en abonarle después de la última sentencia firme, porque la Anses igual apela siempre.

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  8. Exacto, los 120 días son hábiles. A partir del día que quedó notificada cdo le llegó la sentencia con el expediente administrativo contá 120 hábiles, es decir sacando feriados nacionales y fines de semana. Lo de los días inhabiles para el poder judicial no tienen nada que ver...eso aplicaria si son plazos por temas judiciales...

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  9. Charly, tenés idea que pasó con la página de la Anses donde publicaban las sentencias, no está apareciendo nada y eso que la busco desde la página principal por si cambian de direción. si sabés algo decime. Gracias. Maxi

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    1. Ya la arreglaron, dejo de andar el miercoles o jueves de la semana pasada, justo cuando tenían que publicar la segunda quincena de Mayo, y aún hoy no aparece dicha lista, arreglaron la pagina, pero no pusieron la lista, esperemos a ver si aparece a las 18 hs como a veces hacen.

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  10. Hola Charly, un gusto, tengo dos preguntas, si puedes contestarme por favor: como se han pasado los 120 dias,mi abogada intimo al anses, via juzgado a que paguen y a su vez, esta preparando la liquidacion.
    Mis preguntas son: puedo yo seguir lo que hace el juzgado? via la camara federal de la seguridad social, con mi numero de expediente y año?.
    La otra pregunta es, con que antelacion le informa anses, a la abogada de mi cobro, porque yo lo puedo ver en la pagina de anses, pero los profesionales, en que tiempo antes se enteran, cuando sus clientes van a cobrar?
    Muchas gracias, Charly ANITA












    La

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    1. Estimada Anita, si, puedes seguir como va la causa en la pagina del poder judicial (www.pjn.gov.ar) consultando con tu número de expediente y año, con cuanto tiempo de anticipación se enteran los abogados, lo desconozco, pero se que se pueden enterar pidiendo un RUB en la Anses ( eso ocurre después que salió que esta aprobado con el codigo 40)

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  11. MUCHISIMAS GRACIAS !!!!!!!!!!!!!!!! BUEN FINDE ANITA

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  12. Charly, antes que nada GRACIAS por como ayudas a la gente! Te queria consultar, yo tengo el numero de expediente que consta de 5 digitos el mio seria 13XXX y el año 19XX pero entro en la pagina del PJN y no dice nada ustedes como se fijan eso que por ejemplo dice...
    "40 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable. Para mayor información, por favor acérquese a la dependencia donde se encuentra su expediente. F.Estado: 30.04.2013
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 10.02.2012
    Última dependencia: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C"
    Último Pase
    Dependencia Salida: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C" Fecha Salida: 30.04.2013
    Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada"

    Eso me podras pasar un link?
    Muchas gracias
    Ezequiel

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    1. Hola estimado, para ver lo que usted pide debe verlo en la pagina de la Anses, no en la del PJN donde se ve el estado del juicio pero no el expediente administrativo de ANSES, para ver lo que usted pide debe entrar en la pagina de Anses y buscar estado del expediente y alli con el número de documento le aparece el estado del expediente.
      http://servicioswww.anses.gov.ar/igtpc/ConsTram.aspx

      he visto que cambiaron el sistema y es dificil encontrarlo

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  13. claro pero tengo este numero solo y me pide mas

    004 - 024XXXXX275

    Gracias
    Ezequiel

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    1. Ezequiel, en el enlace que puse poniendo el documento debería salir.
      http://www.anses.gob.ar/tramites-en-linea/seguimiento-de-expedientes-51

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  14. No aparece nada y segun el abogado ya estamos por cobrar, es posible esto?

    Ezequiel

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    1. Ezequiel, es raro, porque no llamas al 130 y pregunta en que estado está el expediente, por el número de documento te lo tienen que dar y sino prueba con esos números de expediente que tienes a ver que te dice, se que es muy dificil comuncarse, pero sino solo te queda acercarte a la calle alsinna donde está el Anses, la parte de sentencias judiciales.

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  15. Charly de nuevo Ezequiel, mira estuve investigando un poco mas y encontre la sentencia y dice que el abogado cobra por los honorarios esto... 89.993,60 con ese dato se puede estimar lo que voy a cobrar? gracias por todo

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    1. No te se decir sobre eso, ya que eso es lo que fija el juez por lo que trabajo el letrado, pero realmente no lo sé, porque después Anses paga lo que quiere

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  16. Ezequiel, más te digo, creo que eso es lo que le tiene que pagar la Anses al letrado por haber perdido el juicio, ya que esos son los honoarios que fija el juez y las costas las tiene que pagar la parte que perdió el juicio, y después tiene que cobrar el porcentaje que arreglo contigo sobre lo que tu cobres, que es independiente de esto.

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    1. Y apartir de eso cuanto puede demorar en cobrarse esto?
      Gracias
      Ezequiel

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    2. Perdón no entiendo, cobrar que, esta cifras que da la tiene que cobrar el abogado y nio idea cuanto le demoran el abonarle a él, en cuanto a lo tuyo, hay que ver si sale favorable y generalmente demora bastante más de 120 días hábiles después que Anses se notifica de la sentencia.

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  17. /nos Aires, 19 de marzo de 2013.
    Y VISTO:
    Estos autos en los que a fs. 11/12 comparece XXXXXXXXXXXXXX, promoviendo ejecución de la sentencia contra la Administración Nacional de la Seguridad Social que fuera dictada por la Sala I de la Excma. Ex-Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social, en fecha 30/x/xx (v. certificación a fs. 30/31), el cual resulta ilíquido, en esta etapa, de conformidad con las normas contenidas en el Título I del Libro III del C.P.C.C.N., resulta de insoslayable cumplimiento a partir de la cual comienza el proceso de ejecución y una vez determinada la suma que específicamente se debe abonar, se analizará la procedencia de las excepciones y demás defensa planteadas (conf. arts. 499, 503, 504 y 505 del código citado, sin perjuicio de la necesaria adaptación de este articulado a las características propias y normativa específica que rigen los procesos como el de autos).
    Refiere que los autos mencionados fueron iniciados persiguiendo el estricto cumplimiento de la sentencia que acompaña.
    A fs. xxx/xxx, la ejecutante practica la correspondiente liquidación, de la cual se da traslado a la contraria, quien no la impugna pese a estar debidamente notificada.
    Y CONSIDERANDO:
    I.- A fin de establecer los alcances del pronunciamiento objeto del presente juicio, he de señalar que nos encontramos ante la existencia de un procedimiento pasado en autoridad de cosa juzgada, de ahí que no ha de admitirse que con posterioridad al acto que incorporó al patrimonio del interesado el derecho a percibir su haber jubilatorio de conformidad con determinadas pautas, no se cumpla dicho mandato, modificándose de ese modo los elementos que integran su status jubilatorio, ya que ello importaría una retrogradación de la condición de pasividad, que resulta incompatible con las garantías consagradas por los arts. 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional.
    II.- En cuanto a la liquidación practicada por la parte ejecutante a fs. xxx/xxx, la ejecutada guarda silencio ante el traslado de la misma, pese a estar debidamente notificada.
    III.- A partir de lo dicho en el presente pronunciamiento, y en virtud de lo dispuesto en el art. 504 del C.P.C.C.N., se tendrá por aprobada en cuanto a lugar por derecho la liquidación de fs. xxx/xxx, por la suma en efectivo con más los intereses calculados.
    IV.- Las costas de autos correrán a cargo de la ejecutada vencida, en atención a lo resuelto en tal sentido por la Excma C.S.J.N., en autos “Rueda Orlinda s/ Recurso de Hecho” deducido por la demandada en la mencionada causa, 15/4/04.
    Por tanto, RESUELVO: 1°) Tener por aprobada en cuanto a lugar por derecho la liquidación practicada a fs. xxx/xxx por la suma en efectivo con más los intereses calculados; 2°) Intimar al organismo ejecutado para que dentro del plazo de diez días de notificado acredite en autos la inclusión de las sumas devengadas dentro de la partida presupuestaria prevista para el ejercicio fiscal correspondiente, bajo apercibimiento de ejecución; 4°) Declarar las costas a cargo de la ejecutada; y 5°) Regular los honorarios del letrado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en la suma de $ 89.993,60 con más el IVA, si correspondiere (arts. 6°,7° y 40° de la ley 21.839).
    Regístrese, protocolícese y notifíquese.

    eso tengo y de verdad muchas gracias por todo

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    1. Tal cual, es la regulación que dicta el juez con respecto a los honorarios del abogado y como bien dice arriba las costas corren por cuenta de la parte perdedora que es la Anses,luego el arreglo que llegaste con el abogado es independiente de esto, el monto que debe pagar la Anses está en las fojas que tachaste el número, alli tendrías que fijarte cual es el monto y después te falta agregarle los intereses por el tiempo transcurrido, te comento que no responden a esto y hay personas que han iniciado ejecución de la sentencia y todavía nada, todo depende de cuando la Anses se digne a pagar, así que fijate en las fojas indicadas para tener una idea de cuanto cobraras, supongo que tendrás que ir al juzgado y pedir el expediente judicial, mirar las fojas indicadas y alli te sacas la duda, a ese monto hay que agregarle los intereses, que no se de cuanto son, y desués hay que ver que paga la Anses igual.

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  18. Querido Charly. te quiero agradecer profundamente toda la informacion que me brindaste derante los ultimos meses. Finalmente cobre la retroactidad y ajuste mensual, creo que en la misma fecha de tu padre(dicbre/2012). me descontaron impuestos a la ganancias y me lo siguen descontando en el pago mensual. Es correcta estas deduciones?. que gustaria saber tu opinion. un abrazo grande. Nito.

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    1. Estimado, es correcto del retroactivo descuentan ganancias y si el haber supera el minimo no imponible también le descuentan, tendrías que consultar a un contador si la cantidad está bien, eso lo desconozco, y si está bien o no, para mi no deberían descontarlo, pero lo hacen.

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  19. Charly:
    Veo que ayudas a la gente con sus dudas, te comento lo siguiente:
    El viernes 12 de Julio mi abogado presenta mi liquidacion al Juzgado(ahora viene la feria), mi pregunta es la siguiente:
    1) que tiempo tiene (por Ley), el juzgado para verificar la liquidacion y correr traslado al ANSES?
    2)desde el moento que corre el traslado, con que tiempo cuenta el ANSES aprobar o apelar la liquidacion?
    3) si ANSES aprueba que tiempo tiene para pagar?
    Son muchas preguntas juntas?, Mil gracias por todo, que Dios te bendiga por la ayuda Juana

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    1. Disculpame, pero esto lo desconozco, por lo que veo ya salio sentencia y te pagaron de menos, pero no sé cuanto son los tiempos en esto, no tengo experiencia, ni comentarios al respecto.

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  20. Hola Charle!!!!!!!!!!!!!!!!!!! no sabes si habiendo feria judicial,???? se pagan sentencias igual, poruqe veo que la segunda quincena de julio no aparece , desconozco si suelen publicar con demora las fechas muchas gracias por tu respuesta!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

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    1. si, hay feria, toda la campora trabajando para las elecciones entonces dejan el trabajo en el anses...

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  21. Hola, mirá Anses no tiene nada que ver con la feria judicial, generalmente sacan la lista después del 20, y como fue viernes, pueden ponerla cualquier día de la semana que comienza.
    Suerte

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    1. gracias!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! por tu rapida respuesta genio!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

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  22. HOLA CHARLY
    QUISIERA SABER SI TAMBIEN SABES ALGO DEL PLAN PROCREAR.

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  23. CHARLY:
    SABES ALGO PLAN PROCREAR PARA PODER CONULTATE?

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    1. No, para nada sobre ese tema, solo se que usan el dinero de los jubilados, nada más

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  24. Hola!! cómo estás? te escribo para que me des tu opinión, estoy siguiendo el juicio sobre reajustes de haberes de mi mamá en la pagina del pjn y con fecha del 25 de junio de este año se intíma a la anses para que en el término de diez días cumpla con la sentencia dictada en autos, abonando el haber mensual reajustado y abone las sumas retroactivas adeudadas conforme liquidación aprobada en autos, bajo apercibimiento de ejecución.
    De acuerdo a lo que estuve leyendo en tus comentarios, a pesar de esta intimación, para que se haga efectivo el cobro el expediente debe pasar a la anses y ahí recorrer un largo camino?

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  25. Generalmente los jueces no le ponen plazo para abonar las sentencias, sin embargo en la tuya aparentemente lo hace, en ese caso seguramente tu abogado debera proceder a ejecutar la sentencia, ya que primero los pazos corren a partir del momento de notificación de la parte que en caso es la ANSES, y si en ese plazo que seguramente la ANSES no hará tendrá que ejecutar si la misma Anses no apela argumentando los pasos necesarios para realizar los calculos respectivos, si ya salió la sentencia, fijate en el Anses como está el expediente y que dice en que situación se encuentra

    http://servicioswww.anses.gov.ar/igtpc/ConsTram.aspx

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    1. Muchas gracias charly!! sos muy amable al dedicar tu tiempo en forma desinteresada!!!!
      Te cuento que en otra parte de la devolución el juez escribe: "asimismo y atento el estado de las presentes actuaciones, cítese a la demandada a los fines dispuestos en el art. 505 CPCCN.
      Simultaneamente, la notificación importará la citación para oponer excepciones dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución (art. 505 y conc del CPCCN)"
      El expediente en la página de anses aparece como resuelto desfavorablemente y el último pase es del área recepción judicial a gestión de archivo los dos con fecha 19-03-13
      Estoy tratando de comunicarme con el abogado que lleva adelante la causa y no responde mis correos ni mis llamados telefónicos.

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    2. Ah, o sea que la ANses lo considero desfavorablemente y ahora el juzgado esta interponiendo una orden de pago o ejecución, eso lo debe de haber comunicado el abogado al juzgado al enterarse del rechazo, lo único que te queda es que vayas personalmente a ver al abogado, realmente no entiendo cuando proceden así de no atender o contestar y lo he visto en varios casos lamentablemente.

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    3. me parece que la anses aún no fue notificada de la intimación porque la fecha de estado del expediente es del 29-06-04. Puede ser?

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    4. Hola, mirá puede ser, como también que se haya notificado y no haya actualizado la información en la web, pero en el juzgado debe figurar si ya se notifico, dudo que figure en la pagina del PJN sino que deberías ver el expediente en el juzgado a ver si ya llego la nota del notificador y con que fecha, a veces las notificaciones se demoran.

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    5. Gracias por tu tiempo!!!! cuando tenga alguna noticia te cuento!!!

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    6. Bueno, muchas gracias y mucha suerte.

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  26. HOLA BUENO GRACIAS POR ATENDERME , MI PREGUNTA ES QUE HICE EL REAJUSTE EN ENERO DEL 2006 Y HASTA EL DIA DE HOY NUNCA SE NADA TODO LO QUE PUEDO RESCATAR ES QUE EL ABOGADO SIEMPRE DICE QUE HAY QUE ESPERAR TUBO MUCHOS MOVIMIENTOS EL EXPEDIENTE Y LLEGO A ESTAR EN SENTENCIA Y DE GOLPE AHORA ESTA EN LETRAS HACE CUATRO MESES DE AHI NO SE MUEVE EN REALIDAD NO ENTIENDO QUE SIGNIFICA ESO QUE ESTA EN LETRA BUENO MUCHAS GRACIAS Y PERDONE LA MOLESTIA 25/8/2013

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    1. Buenos días, unas consultas, tiene sentencia firme? si tiene sentencia firme, fue notificada la Anses? (eso te fijas en la pagina de Anses) en letra significa que esta para la consulta, vas al juzgado y puedes consultar como esta el juicio, puedes ver el expediente.

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  27. Hola Charly, qué bueno tu aporte! te cuento una historia.. en los 90 mi suegro inició su juicio por reajuste de haberes, fallece, la Unión ferroviaria cajonea la causa durante 10 años (cosa de viejos, ni mi suegra sabía del juicio, por eso no lo siguió) en el 2003, alguien encontró el expte en un sotano y lo reactivan, PJN mediante, principios de 2011 pasa a la ANSES y entre dimes y diretes pareciera que ahora finalmente puede salir. Solo espero que mi suegra con sus casi 80 años resista para disfrutarlo un poco y que no tenga que pasar a sucesión.. esto es lo que dice ahora :
    15 - Su trámite se encuentra en etapa de resolución. Para verificar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente. F.Estado: 23.08.2013
    AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 19.08.2010
    Última dependencia: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A"
    Último Pase
    Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 27.08.2013
    Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACION "A" Fecha Entrada 27.08.2013
    Qué opinas??
    Gracias. Silvina

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    1. Hola Silvina, mirá, espero que tengas suerte, resista y le den resuelto favorablemente, generalmente demoran mucho,no pierdas las esperanzas, mi padre con 80 años y una enfermedad terminal demoraron más de tres años y medio en abonarle desde el momento en que Anses se notificó, son muy vuelteros, entra y sale el expediente varias veces de las oficinas, esperemos que tengas suerte.

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    2. Gracias! lo bueno es que entre el 12 y 23 de agosto el expediente se movió 3 veces.. va cambiando de una oficina a otra. Ja! yo por lo pronto ni le digo para no ilusionarla..
      Un gusto saludarte.

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    3. Silvina, fijate cuando aparezca con codigo 40, eso es lo importante, cuando lo resuelven favorablemente.
      Mucha suerte

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    4. Charly! hoy ya está en el código 40, y dice que se acerque a la dependencia de ANSES. para más información, voy yo que soy la apoderada pero no creo que me den mucha bola.. Veremos que pasa y cuales son los pasos a seguir. Nos trajiste suerte, muchas gracia!!

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    5. Charly, te escribí esta mañana `temprano pero todavía no lo veo, no se. Con fecha de ayer ya aparece con código 40, fui hasta el ANSES pero según ellos sigue en liquidaciones, no se sabe por cuanto tiempo, que siga esperando, igual, creo que ya estamos en la recta final.. Gracias por todo!

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    6. Me alegro muchisimo, tirate el lance, a ver que te dicen, igual el abogado debe tener acceso al expediente y él saber cuando saldría el pago. Mucha suerte

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    7. Hola, si, mirá decidí moderar los comentarios ya que aparecen algunos que se burlan o insultan como si nunca se fueran a jubilar, entonces esos comentarios los borro directamente, la gente que está sufriendo por las largas esperas de los pagos de sus sentencias no merecen las burlas o los insultos de algunos inadaptados, si todavía debería pasar por dos o tres oficinas, pero ya salió aprobado, así que en cualquier momento sale y por lo que veo el tuyo fue muy veloz.
      Nuevamente, mucha suerte

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    8. Hola Charly!...inicie un juicio sucesorio ya que mi tia fallecio en el 2010 y a los tres meses me llega una aviso que tenia q cobrarlo...una injusticia total!!!!! tepaso el estado de mi expediente para q me digas tu opinion q me interesa:

      Trámite: 04 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable. Para más información, por favor ingrese en la sección "Autopista de Servicios" de esta página web y seleccione la opción "¿Dónde Cobro?", o bien, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. F.Estado:
      AFJP: F.Inicio(ANSES-AFJP):
      Última dependencia: AREA OFICIOS JUDICIALES
      Último Pase
      Dependencia Salida: DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS Fecha Salida: 08.08.2013
      Dependencia Entrada: AREA OFICIOS JUDICIALES Fecha Entrada 13.08.2013
      Los datos están actualizados al 02/09/2013


      Gracias por tu tiempo y respuesta!! Patricia

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    9. Supongo que has presentado ya la declaratoria de herederos y por eso pasó al area oficios judiciales, y si, desgraciadamente parecería que esa es la metodología, esperar que los jubilados mueran, ya que el pago es hasta la fecha de fallecimiento.

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  28. Charly: Buenos dias, mi pregunta es la siguiente: el 27.6.2013 el juzgado le envio al abogado una cedula, solicitando presente liquidacion de mi esposo, (esta en etapa de ejecucion de sentencia), y el abogado todavia no ha presentado la misma.
    Existe algun tiempo legal, para la presentacion de la liquidacion ante el juzgado?.Mi pregunta es poque vemos que el abogado es medio
    tranquilino. Mil gracias por tu colaboracion, pero es que todo es tiempo y tiempo que se suma y el juicio lo empezo hace 6 años.
    Un beso enorme y que DIOS TE BENDIGA.
    Marilu

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    1. Gracias Marilú, realmente no sé cuanto es el tiempo procesal para presentar la liquidación ( no soy abogado) a veces en la cedula dice cuanto tiempo tiene, como es un calculo complejo quizas tenga un poco más del tiempo acostumbrado, si pudieras, sería bueno que se de una vuelta por el juzgado y consulte como va la cosa, el actor puede solicitar la causa si está en letra, y que consulte con los que entregan los expedientes a veces le pueden dar una mano e informarle bien como es la cosa ( si se paso de los plazos judiciales o si todavía tiene tiempo.
      Muchas suerte, y que DIOS LOS BENDIGA TAMBIÉN.

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  29. Muchas Gracias !!!!!!!!!!!!!!Asi lo haremos, te mantengo al tanto, Gracias nuevamente, por ayudar a los jubilados ya que no contamos con ninguna ayuda, todo lo contrario.
    Cariños Marilu

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    1. De nada y que vaya todo bien si Dios quiere.
      Mucha, mucha suerte.

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  30. Hola: quisiera saber cual es mi situacion porque encontre en mi expediente lo siguiente
    DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 18.09.2013
    Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B" Fecha Entrada 18.09.2013
    Los datos están actualizados al 21/09/2013
    Gracias
    OSV

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    1. Hola OSV, bueno tu expediente está en Computos y Liquidaciones donde hacen los calculos a ver cual es la diferencia, si corresponde aumentar o no el haber ( que te pase como la madre ya fallecida de un amigo que ahora salió desfavorable, o sea no beneficia) o en caso afirmativo calcular el retroactivo.

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  31. hola te queria consultar por un juicio de reajustes que es de mi suegra quien fallecio en febrero de este año estaba en mesa de entradas y ahora paso a iniciacion ya tiene sentencia pero lo tiene del 2009 que significa??igualmente mi marido ya presento la sucesion

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    1. Hola, mirá lo que orresponde es si llega a salir favorable (ya que hay veces que sale desfavorable) deben pagar el retroactivo desde el 2007 (dos años antes de iniciar el juicio) hasta el fallecimiento (Febrero de 2013) y nada más , si llegaba a sobrevivir el marido también debía mejorar la pensión, pero este no es el caso.

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  32. Hola Charly. Veo que ayudas a muchas personas con estos problemas que nos da el Anses. Quizás me podés dar una mano a mi también. Te explico más o menos: mi papá tiene un juicio de reajuste del año 2007. Le salió la sentencia favorable en el año 2011. Teoricamente una vez que salía esa sentencia teníamos que contar 120 días hábiles. Al final no cobró nada todavía. El abogado le dijo que ahora, en Septiembre, el expdiente de mi papá entró en la DGSJ Cómputos y Liquidación A. Se supone que ahora, recién ahora, tenemos que contar los 120 días hábiles???? Tardan eso o tardan muchos años más???? Gracias por tu respuesta. Saludos.

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    1. Hola Marité, los 120 días habiles deberían correr desde el momento que Anses se da por notificado de la sentencia y no desde que entra a Computos y Liquidaciones, te comento que a mi padre le salió favorable la sentencia firme y el ANSES se notificó de ella a mediados del 2009 y recién le hicieron efectivo el cambio de haber y retroactivo a fines del año pasado, muy mal liquidado para colmo, así que los 120 días habiles no los respetan, ahora habría que ver si recién ingreso a Computos y Liquidaciones o si ya lo hizo en varias oportunidades ya que eso también puede pasar, generalmente no está más de tres meses en una oficina, así que te recomiendo que sigas tu misma como va el expediente en la pagina del ANSES, jubilados, estado de expediente, por el número de documento .
      Espero que salga lo más pronto posible, mucha suerte.

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    2. Muchas gracias por tu respuesta tan rápida. En el expediente que veo por Anses dice que entró a Computos y Liquidaciones A el 12 de Septiembre de este año. No tengo idea si es la primera vez que entra a esta dependencia. Cuando veo el expediente por la web de Anses me sale el último registro, no me salen los anteriores. Esperemos que sea la última instancia porque esto es de terror. Gracias nuevamente

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    3. Hola Marité, no va a ser la última oficina, pero fijate si cuando sale de alli que codigo le ponen ( codigo 40 es que se resolvio favorablemente) o si salió favorablemente y después pasaría por dos o tres oficinas antes de hacerlo efectivo, pero el pase es más rápido generalmente.
      Mucha suerte.

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  33. Hola charly!! Me podrías decir, según tu experiencia, por que oficinas de anses tendría que pasar el expediente de mi mamá hasta que lo cobre. Por lo que pude ver en la página de anses, primero ingresó a GAC y el estado de trámite era 67 a liquidación, luego a DGSJ y el estado de trámite era 24 espera de respuesta del área legal, después 17 análisis de especialista y ahora está en DGSJ INICIACION y el estado de trámite es 29 derivado al área oficios judiciales. Sabés que se hace en está área?
    Cordialmente, silvina

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  34. Hola, mirá, no tengo experiencia con uno tán complicado, acaso es una pensión o una sucesión, porque son muchos tramites judiciales si ya salió la sentencia definitiva,habría que ver a que oficina va dirigida ahora, ya que tendría que pasar por Coordinación Mesa de Entradas, cuantos pases faltan es imposible de decirte ya que si ya tiene tantos problemas que está pasando de oficina en oficina legal y todavía no ingresó a Computos y Liquidaciones

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  35. Complicado y laaaaargo!!! Mi papá lo inició en el 92!! Cuando falleció pasó a mi mamá.
    Estuvo más de 20 años en etapa judicial y ahora pasó a etapa administrativa en la anses con fecha de alta 6-9-13. Por DGSJ MESA DE ENTRADAS ya pasó antes de estar en DGSJ INICIACIÓN

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  36. Hola SIlvina, cuando es así demora, tienen que pedir informes para ver que seguramente tu madre cobra la pensión, ya que el pago del retroactivo es hasta la fecha de su fallecimiento y ver si corresponde aumento en la pensión, ya que al modificar el haber deberían modificar la pensión, es un tramite largo y engorroso, recién se va a activar bien y tomar empuje cuando salga de legales y entre en Computos y Liquidaciones, antes tendrá que pasar por Coordinación Mesa de Entradas y muy factible que nuevamente por Iniciación antes de ir a Computos y Liquidaciones, cuando salga de allí, todo depende si sale como codigo 40 que todavia deberá pasar por dos o tres oficinas o codigo 41 y se archiva ( codigo 40 es favorable, 41 es desfavorable)

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  37. Muchas gracias Charly por la información!!!!

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    1. Silvina, desgraciadamente no puedo darte un aliciente, solo que tengas mucha suerte, ya que en estos trámites se necesita.

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    2. cómo estás charly? te cuento que el expediente de mi mamá salió de DGSJ INICIACION y entró en DRSJ COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B", despacito va avanzando...
      Estuve leyendo las circulares de anses y en una aclara que al área oficios judiciales se deriva el trámite para liquidar el expediente de un beneficio otorgado por ley 18037/38 en el marco de una ejecución, que es el caso de mi mamá.
      Y también, que la DRSJ (Dirección Resolución de Sentencias Judiciales recibe los expedientes los liquida y luego, los remite a la DGSJ.

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    3. Hola Silvina, claro esa es la ley vieja, la que rigió hasta fines de Septiembre del 1993, después paso a la ley 24.241, y siempre que sale de una oficina , indefectiblemente pasa Por Coordinación Mesa de Entradas, y cuando finaliza va a archivo.
      Mucha suerte.

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    4. Gracias, charly!!!

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  38. hola yo quiero hacer una consulta sobre el expediente de mi suegra.... numero de doc es 9xxxxxx6 que me podes decir'??? cuando estara???

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    1. Hola, mirá por razones de seguridad no publico los números de documento, por lo que vi, recién ingreso a ANSES para su tratamiento, te recomiendo seguirlo allí, cliqueas en jubilados y pensionados, luego en la lista de la derecha seguimiento de expedientes , alli te sale una pagina para poner el número de documento y sentencias judiciales , el número de codigo que sale, y listo alli te sale


      Datos del Expediente: 0xx-xx-x9xxxxxxx6-x-150-2
      Carátula: Mxxx Pxxxxxx MARGARITA xx Documento: DU - 9xxxxxx6
      Beneficio Nro.: xx-0-0xxxxxxx0-0 Fecha:
      Estado del Trámite: 15 - Su trámite se encuentra en etapa de resolución. Para verificar su curso, por favor, vuelva a consultar próximamente. F.Estado: 26.08.2013
      AFJP: ANSES F.Inicio(ANSES-AFJP): 19.07.2013
      Última dependencia: DGSJ-INICIACION
      Último Pase
      Dependencia Salida: DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS Fecha Salida: 27.08.2013
      Dependencia Entrada: DGSJ-INICIACION Fecha Entrada 29.08.2013
      Los datos están actualizados al 14/10/2013
      Si Uds. percibe algún plan social, pensión graciable o no contributiva, pensión o retiro civil, militar o policial, ya sean nacionales, provinciales o municipales, tenga presente que el pago del beneficio jubilatorio se encuentra ACORDADO CONDICIONALMENTE, sujeto a la cancelación total de la moratoria

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    2. Cuando saldra es un misterio, imposible ecirte, tendrían que ser 120 días hábiles pero jamás lo respetan.

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  39. Charly: Buenas tardes, soy Magdalena y te queria preguntar por el retroativo de mi papa.
    La cosa es asi,el 16.9.2013, el juzgado correspondiente, le remite al anses todo el expediente que tiene sentencia definitiva, con la liquidacion que presento el abogado, (ya que esta en etapa de ejecucion de sentencia) y le dice el juzgado al anses que tiene 5 dias para contestar y hasta ahora, nada, entro todos los dias al anses, para ver si pasa algo y nada, cuantos dias tiene el anses para liquidar, si ya se que tiene que pasar por varias oficinas, per en sintesis hay un plazo?
    gracias, porque es mayo y necesita la plata

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    1. Hola Magdalena, mirá, el ANSES teoricamente se comprometió a pagar a los 120 días hábiles, pero nunca lo cumplió, además esos 120 días hábiles correrían a partir que la Anses se da por notificada de la sentencia firme y que no la apele, ya que apela todas las de primera instancia y algunas de segunda a pesar que se había comprometido a no apelar nada, pero ya vemos que hacen lo que quieren, es una lotería, ya habras visto que a mi padre tardaron más de 3 años y medio en abonarle a pesar que tenía una enfermedad terminal y muy mal liquidado según los calculos del letrado.
      No soy adivino, así que ni idea cuando se les va a ocurrir abonar la sentencia.
      Mucha suerte.

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  40. Hola Charly, soy de nuevo Marité con una nueva consulta. La última vez que te contacté era que el expediente de mi papá estaba en la oficina de Computos y Liquidaciones C. Eso fue el 12 de Septiembre. Ahora dice así:
    Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 23.10.2013
    Dependencia Entrada: DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS
    Qué significa esto? Volvió para atrás o es normal que pase a esta nueva dependencia?
    Muchas gracias nuevamente por tu respuesta!

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    1. Hola Maité, fijate si tiene algun codigo, a veces pasa que vuelve para atrás para solicitar datos al empleador de cuanto debería ser el sueldo en los años que se reclaman, también puede ser que vuelva a Computos y Liquidación, salvo que ya este con codigo 40 que fue aprobado y va a otras oficinas.

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  41. Hola! Ante todo te felicito por lo que haces. Estoy esperando en la cámara de seguridad social sala 3 la sentencia por un reajuste de pensión. Sabes mas o menos cuanto tarda en sacarla, y si vuelve apelar el anses. Gracias.Saludos

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    1. Hola, mirá no puedo decirte cuanto van a demorar en salir la sentencia, eso depende de la cantidad de causas y de los feriados que haya, en cuanto a las apelaciones me dices que está en la sala 3 o sea que ya apelaron una vez y normalmente no vuelven a apelar, esperemos que no apelen.
      Mucha suerte.

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    2. Gracias por tu respuesta.Cuando tenga la sentencia te cuento como me fue. Te mando un abrazo por ser tan solidario.Cuidate.Saludos

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    3. De nada, piensa que los 120 días hábiles empiezan a correr a partir del momento en que ANSES se da por notificada de la sentencia y no de la fecha de sentencia.
      Muchas gracias y mucha suerte

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    4. Hola! Espero que te encuentres bien al igual que tu familia. Gracias nuevamente por contestarme, me llamo Mariela B te lo dejo así me ubicas.Igual hace un año que esta en la cámara y hasta que me dicten la sentencia y espero que sea favorable va a llevar otro tiempo mas.Me voy a convertir en penelope esperando al anses. Segui ayudando.Cuidate. Saludos...

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    5. Mariela, te agardezco, quizás salga antes de fin de año si lleva tanto tiempo en Camara.
      Mucha suerte

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  42. Charly; Como me han comentado ayudas muchisimo a los jubilados, por ahi sabes porque el ANSES no saco la 2da. quincena de Noviembre todavia, en casa estamos esperando un juicio de papa. Gracias JUANA

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    1. Mirá generalmente la sacan después del 21 del mes, pero han llegado a sacarla el 26 o 27, si hoy a las 18 hs, no sale ya hasta el martes imposible que salga y hasta es posible que salga el martes a las 18 hs

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  43. <muchas gracias!!! que descanses!!! y QUE DIOS TE BENDIGA POR TODO LO QUE HACES !!!!! un beso enorme

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  44. Por favor, muchas gracias, no es para tanto.

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  45. Charly, mi nombre es Antonia, y tengo la ejecucion de sentencia de mi esposo, con sentencia definitiva ya hacen 3 años, ya pasaron los primeros 120 dias y ya pasaron otros 120 dias, el 16.9 el juzgado hace traslado de liquidacion al ANSES, el 7 de Octubre , anses acusa recibo (todo esto porque nos fuimos al juzgado ), pero el expediente no estaba porque figura en el juzgado que lo tiene el juez a despacho desde el 12.11, sabes que significa esto? cuanto tiempo lo puede tener en su despacho? ya que la logica me dice que debe pedir embargo .
    Que opinas? Mil gracias

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  46. del Trámite:

    67 - Su trámite judicial se encuentra en proceso. Para más información, por favor comuníquese con su representante legal o bien consulte la página web del Poder Judicial de la Nación www.pjn.gov.ar. Opción Consulta de causas del fuero federal de la Seguridad Social

    F.Estado:

    18.10.2013



    AFJP:

    ANSES

    F.Inicio(ANSES-AFJP):

    09.04.2012



    Última dependencia:

    DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"


    --------------------------------------------------------------------------------

    Último Pase



    Dependencia Salida:

    DGSJ-INICIACION

    Fecha Salida:

    13.11.2013



    Dependencia Entrada:

    DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"

    Fecha Entrada

    13.11.2013
    Hola Charly, que opinas de esta instancia, lo que no entiendo es x que indica que me dirija a la pag de consulta de causas del PJN etc. en esta pag permanece el expte en letra sin ningun movimiento luego de la sentencia, agradeceré tu opinión, muchas gracias Roberto

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    1. Yo tampoco, según el codigo está en liquidación y está perfecto ya que esta en Computos y Liquidaciones, porque ponen eso no lo sé, si quieres puedes hacerle una consulta a tu letrado, pero hace poco que ingreso a Computos y Liquidaciones, ese mensaje no lo comprendo.

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    2. Gracias Charly, es raro, porque el tramite no figuraba en la consulta y el 15.10.13 aparecio con la leyenda "su trámite está siendo evaluado para su posterior resolución, vuelva a consultar nuevamente para mas inf" con codigo 17, despacho coordinacion mesa de entradas, pero al dia siguiente apareció con la leyenda anterior. Agrego estos datos por si son de tu utilidad. Vuelvo a agradecerte tu ayuda que es muy importante para mi, Roberto

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    3. Perdón que me meta ROBERTO..estàs seguro que dice que te dirijas a la pàg del PJN..? Porque ahí como dice CHARLY es para ver el movimiento del juzgado y además, para tu tranquilidad, no tiene por què haber nada en el JUZGADO YA QUE CUANDO QUEDA FIRME LA SENTENCIA SE MANEJA TODO EN ANSES Y EN EL EXPEDIENTE NO DEBE HABER NADA MÀS. SALUDO

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    4. Es correcto, en el PJN a lo sumo pueden estar archivando el expediente, pero por una letrada que tiene varios casos en Mar del Plata me enteré que ponen eso mientras tienen los expedientes en espera hasta asignarles un Computista, que sería el paso siguiente e ingresar a Computos y Liquidaciones, antes ponían que entraba a Computos y Liquidaciones y lo volvian a Coordinación Mesa de Entradas y hasta Inicio y nuevamente a Computos y Liquidaciones mientras le asignaban un Computista.

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  47. Charly, Hola¡ este trámite me tiene desconcertado, con fecha 28 cambió la leyenda a : Su trámite ha sido resuelto en forma favorable para mayor info acercarce a la udai donde se encuentra el expte, con código 40, como mi abogado no está por unos dias no quiero meter la pata concurriendo, pero me guastaría que me des tu opinión si es que esto significa algo. Muchas gracias Roberto.

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  48. Hola Roberto, si salió codigo 40 es que salió favorable, y va a estar para el cobro, yo te recomendaría que vayas a la Udai y consultes, ya que generalmente es corto el periodo para cobrar y si no cobró retiran el depósito,a veces mandan una carta donde figura el monto, lugar y fecha de pago al domicilio, pero a veces no llega, no pasa nada si va al Udai y consulta como está el expediente y para cuando está el cobro.

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  49. Te agradezco de corazón, porque de este tema nadie te quiere prestar atención, salen corriendo todos, pero uno tiene necesidad de hacerlo, mas con lo parcos que son los letrados, en eso tu espacio y dedicación es un gran alivio.El tema es que no se cual es la udai que contiene mi expte, pero estimo que será donde inicié el tramite jubilatorio, a esa iré y luego te comento para seguir enriquciendo el conocimiento de todos en pos de descifrar este oráculo de la anses. gracias y hasta luego

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  50. PRIMERAMENTE quiero felicitarte Charly por tu ayuda desinteresada y tu tiempo. Querrìa decirles a la gente que te escribe, que yo soy ABOGADO PREVISIONALISTA y màs del 50 % de los clientes NO LE CONSULTAN VERDADERAMENTE A SU LETRADO sino que o no lo llaman o cuando los abogados les damos información dudan y van hasta el VATICANO a preguntarle a FRANCISCO. La gente tiene que aprender - lo digo con onda y respeto - a ...1.- CREER EN SU ABOGADO...SI LE CONFIARON EL CASO ES PORQUE LE TENÌAN CONFIANZA...2.- Como vos aconsejàs .. ir a las fuentes de ANSES o en los portales informativos por internet ..3.- Mucha gente se hace la desentendida PARA ANTICIPARSELE AL ABOGADO Y EVITAR PAGARLE SUS HONORARIOS O PAGARLE MENOS...TIPO " VIVEZA CRIOLLA " YA QUE EL MODUS OPERANDI DE ANSES ES NEFASTO PORQUE A LA MAYORÌA DE LA GENTE LE DEPOSITAN EL RETROACTIVO EN SUS BANCOS DE COBRO DE HABERES Y AL ABOGADO ..QUE SE ARREGLE,,.! ,ENTONCES NOSOTROS CUANDO SABEMOS QUE ALGUIEN COBRA DEBEMOS AVISARLE A NUESTROS CLIENTES Y PONERNOS DUROS - POR NO USAR OTRO VOCABULARIO - YA QUE MUCHOS - NO TODOS - AL TENER LA PLATITA EN MANO - EN SU BANCO DEPOSITADO - ESPECULAN CON EL LABURO, ESTUDIO Y SACRIFICIO DE MUCHOS AÑOS NUESTROS.... LOS LETRADOS.... SALUDOS

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    1. Muchas gracias y me alegra que sea uno de los letrados que contesta y atiende las consultas de sus clientes, ya que no podemos negar que hay muchos que no los atienden o no le responden a las preguntas que les hacen, con respecto a la respuesta a Roberto se por una abogada que tiene varios casos de Mar del Plata que están poniendo esa frase ( que se fijen en la pagina del PJN ) y lo hacen porque ya no saben que poner mientras demoran los expedientes, la mayoría los tienen para mandar a Computos Y Liquidaciones ( esperan la asignación de un Computista) y mientras les ponen esa frase.

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  51. Charly, en mi caso ya te adelanté en mensajes anteriores, que ahora la leyenda dice que me acerque a la udai para mas info, ya no sale esa leyenda inquietante de ir a la pag del pjn, te comento para seguir aportando datos sobre la operatoria de la anses, la leyenda acutual es que de computos pasó a iniciación, al menos veo que se está moviendo y todo esto en las últimas semanas. Agradezco tu tiempo y compresión, repito que muchos abogados carecen de esta sencibilidad para con los representados y son en ese aspecto un poco momios, no pongo en juicio el desenvolvimiento de estos, pero de carne somos y necesitamos saber, al meno eso me pasa a mi, entiendo que para un letrado pueda resultar aburrido explicar y ponerse del lado del demandante tal como vos lo haces, pero a muchos eso nos es muy necesario, gracias una vez mas. Roberto

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    1. Muchas gracias Roberto, te agradezco, si estuve viendo que ponen eso antes de que les designen un computista, te aclaro que no soy abogado, y sé por muchos que les pasa lo mismo que a ti con respecto a estos, pero logicamente no podemos generalizar.
      Mucha Suerte.

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    2. Hola Charly¡ ¿sabes que sucede que no publican la lista de la 1a quincena de diciembre? me desconcierta, puesto que mi trámite ya pasó a dgrs procesamiento de pagos, supongo que es uno de los ultimos pasos, bueno agradezco si podes informarme algo al respecto, cordialmente Roberto

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    3. Hola Roberto, ni idea, aunque ya ha pasado en otro año que durante dos meses no salieron pagos de sentencias, pero nunca paso en diciembre, siempre fue entre enero de marzo.
      En cuanto a que paso a procesamiento de pagos, habría que ver si ya paso por computos y liquidaciones y verificacion de deudas previsionales.
      Mucha suerte
      Mucha suerte

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    4. Supongo que nada se puede hacer, solo esperar. Si no figura en un listado creo que el pago no se produce ¿será de esta forma o puede que salga y no figure, sucedió alguna vez? Mi trámite paso por computos y liquidaciones pero nada dice de deudas previsionales. Seguimos desentrañando los grandes misterios de la ANSES, un saludo cordial y gracias nuevamente, Roberto

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    5. Mirá si pueden dar el pago y luego salir en la lista corespondiente a ese mes, generalmente te deben notificar a tu domicilio si está actualizado, pero como todo aquí puede no llegar, si quieres puedes pasar por una de las oficinas de ANSES y consultar como va el tramite , es normal que antes de salir el pago pase por deudas previsionales.
      Mucha Suerte

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    6. Bueno, acaba de pasar a dgalsj-supervisión operativa, no se que será esto, si es que fué para atrás, el lunes me encuentro con mi abogado, pero la inquietud me sacude, je¡ ¿ que es esto Charly? un abrazo y felices fiestas si es que no nos volvemos a comunicar, cordialmente Roberto

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    7. Hola Roberto, no recuero pero puede ser un paso previo a verificacion de deudas previsionales, o quizas le cambiaron el nombre y le hayan puesto este.
      Mucha suerte.

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    8. Hola amigo, sigo informandote los extaños pasos de este baúl de sorpresas, seguro servirá junto con tu experiencia para formar una especie de guia de procedimientos de este endemoniado anses. Ayer a las 23hs estaba SEGUIMIENTOS DE EXPEDIENTES tal como te comenté, con cod 40 de pros de pagos a supervicion operativa, esta mañana (sabado) aparece todo cambiado y dice: 50 - Para conocer en detalle de la situación de su trámite, por favor, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130, o acérquese a la UDAI donde inició su trámite


      DRSJ-PROCESAMIENTO DE PAGOS

      Fecha Salida:

      20.12.2013



      Dependencia Entrada:

      DRSJ-COMPUTOS Y LIQUIDACIONES "B"
      A mi entender, esto retrocedió, ponen cod 50 que es trámite inactivo cuando horas antes estaba todo maso bien, ¿ tuvieste alguna instancia como esta y que significa para vos?, no hay que acelerarse siempre tienen la vocación manifiesta para producir la desesperanza. Gracias Charly y deceemosnos suerte entre todos Roberto

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    9. Si Roberto, a veces pasa que vuelve para atras, no les gusta la cifra que dió Computos y Liquidaciónes y manda todo para atrás, para colmo viene la feria judicial, realmente necesitas mucha suerte, lamento.

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    10. Te seguiré comentando. ¿la anses entra en reseso en la feria judicial? gracias por la buena onda, suerte para todos los que estamos en este purgatorio.

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    11. Teoricamente no, pero como tiene mucho personal de vacaciones se reduce mucho su accionar.

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  52. Hola Charly, ahora, el trámite parece avanzar, DGSJ-INICIACIÓN a DGSJ ATENCIÓN PÚBLICO - ARCHIVO, ¿será que anda próximo a salir? , saludos y felices fiestas si es que no nos comunicamos para ellas, siempre agradecido Roberto

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  53. Hola Charly buen dia y gracias por tu colaboracion desinteresada e n atender estos temas previsionales. En web de ANSES apraece esta leyenda en el expte de mi mama, que signfica?La sentencia esta firme desde Nov del 2011 y no fue apelada.
    "04 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130." Aguardo tus comentarios y gracias. Juan José

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  54. de nuevo yo La dependencia de entrada es COORD DE ARCHIVO DEFINITIVO con fecha 26/01/2012 gracias

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    1. Juan José como ya te contesté antes en otro tema que has puesto también pregunta, te comento que es imposible si la sentencia salió en noviembre del 2011 lo archiven en enero del 2012, eso es imposible, así que esto es posible que se trate de otra cosa y no de la sentencia, lo mejor es que averigües con tu abogado o en la UDAI.

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  55. pude hablar al anses, y me dicen que el expte esta en espera de boleta de deposito, que signfica? Gracias Charly de nuevo

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    1. Yo te recomiendo que vayas al ANSES, ya que es normal que no den información por teléfono, eso que dicen no es normal, lo normal es que digan que salio faviorable y que proximamente recibirá la notificación o consulte con su letrado, no necesitan boleta de depósito, sale la liquidación y la depositan en una caja de ahorro que ellos abren si no la abonan en el lugar de pago habitual. yo concurriría a una UDAI a interiorizarme.

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    2. Gracias de nuevo, voy a ir, luego te comento, saludos

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  56. Hola Buenas Noches
    Podrias ayudarme exoplicandome que significa que el expediente está en DGSJ-EVALUACION "A" es el ultimo paso? se sabe cuanto tarda? Muchas Gracias

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    1. Hola, no , no es el último paso, acaso ya pasó por Computos y Liquidaciones,si ya pasó, puede volver y si no pasó por Computos, todavía falta mucho, uno de los últimos pasos es verificación de deudas previsionales.
      Mucha Suerte

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  57. Estimado después de 3 años en la Corte Sprema tuve fallo favorable para el reajuste y paso al ANSES- EN LA CONULTA INDICAN- 04 - Su trámite ha sido resuelto en forma favorable, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. F.Estado: 23.01.2003AFJP: SIEMBRA F.Inicio(ANSES-AFJP): 23.09.2002 Última dependencia: DGSJ-EVALUACION "B"- 24/01/2014
    Existe una estimación de cómo sigue el tramite. Felicitaciones y gracias por tu aporte a un tema tan sensible

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    1. Hola, Pertdón, cuando salió el fallo de la Corte, teoricamente ya debería estar próximo al cobro, generalmente la última o una de las últimas oficinas es Verificación de Deudas Previsionales, esto de Evaluación B no la recuerdo, yo que usted tomo la indicación pierdo unas horas pero consulto en la UDAI como va el tramite y si ya salió fecha de cobro.

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  58. Estimado tocayo, ante todo le agradezco se ocupe con gran voluntad de informar sobre esto.

    Mi papá fallecio hace un año y el estado de su expediente indica el 24/01/14 lo siguiente:


    " Dependencia Salida: DGSJ-COORDINACION MESA DE ENTRADAS Fecha Salida: 24.01.2014
    Dependencia Entrada: DGSJ-EVALUACION "B" Fecha Entrada 24.01.2014 "

    En qué situación esta mi madre para cobrar el REAJUSTE de su pensión como viuda?

    Muchas Gracias !!!!!!

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    1. Hola Tocayo, como ya le respondi a otro lector aparentemente es un nuevo procedimiento y pasa por esta oficina, (puede ser A, B, C) de evaluación antes de pasarlo a Computos y Liquidaciones y por lo que veo en los casos que el jubilado que inicio el juicio falleció y deben abonar el retroactivo y recomponer el haber de la pensión si correspondiera a sus herederos o al / o a la Viudo/a

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  59. 67 - Su trámite judicial se encuentra en proceso. Para más información, por favor comuníquese con su representante legal o bien consulte la página web del Poder Judicial de la Nación www.pjn.gov.ar. Opción Consulta de causas del fuero federal de la Seguridad Social

    que significa esto charly ...

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    1. Hola, Mirá por la experiencia que vi por los comentarios aquí, si ya tienes sentencia firme, esto lo ponen cuando está a la espera de un Computista para pasarlos a Computos y Liquidaciones, y lo he visto en muchos casos de Mar del Plata, te lo digo por un comentario de una abogada que preguntó y luego averigüó luego y lo puso aquí en este Blog.

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    2. cuanto tarda 120 días hábiles.. que pasa si anses no cumple los 120 días
      ..

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    3. Mi experiencia es que no cumplen nunca los 120 días hábiles, mi padre lo tuvieron más de tres años y medio para pagarle a pesar de tener una enfermedad terminal y así y todo le abonaron mucho menos de lo que debían y a una tía dos años y medio para abonarle una bicoca.

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    4. el abogado me dijo que si no paga el plazo de 120 días. puedo pedir el embargo..

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    5. MIrá son 120 días hábiles y no se cuanto puede tardar todo lo que demore la justicia en otorgarlo y si acepta el monto que reclame tu abogado ya debe hacer el calculo de cuanto te deberían pagar de haber mensual y cuanto de retroactivo.

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  60. Hola! La consulta es por mi madre. Consulte el expediente (iniciado en mayo 2010) , salio favorable con sentencia definitiva Agosto 2012, entro en la camara en noviembre 2012, en mayo 2013 Anses apela Esta en el juzgado 7 Sala I Lo ultimo que dice el expediente es 21-05-2013 APELA PARTE DEMANDADA. y... en consulte en la pagina de ANSES ... ahi figura solo que en Noviembre 2011 fue desfavorable el tramite de reclamo q obviamente despues se inicio el juicio de Reajuste. Pregunta: Cuanto demorara desde esta instancia en salir rechaza la apelacion de ANSES? y cuanto tardara en cobrar ? SI podrias orientarme un poco te lo agradezco ya que el abogado solo dice que hay que esperar, que favorable va a salir seguro pero no dice cuanto esperar, no da mas datos. Es muy buen abogado pero tb bastante cortante. Gracias!!!!

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    1. Hola, mirá, por lo que me dices tendrías que seguir fijandote en la pagina del poder judicial, ya que hasta que no salga la sentencia definitiva y quede firme y Anses sea notificada no va a figurar nada en su pagina, , ahora por lo que pones estaba en Camara de Apelaciones y Anses también apelo alli, si es así debe pasar a la Corte Suprema que es la siguiente instancia si no interpreté más tus dichos ya que generalmente en primera instancia apelan ambos, ANSES y el demandante que es tu madre, no se bien que paso y como es la cosa, eso lo que interpreto por lo que pones.

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    2. El abogado dice q salio favorable pero q Anses apelo y que esta en la camara de Apelaciones. Apelo una vez creo , dice sentencia definitiva y esa la volvio a apelar....y entro a la Camara de Apelaciones. Segun el abogado tardara un año mas. No se si es asi. ?

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    3. Te explico, normalmente a pesar que ANSES se habia comprometido a no apelar practicamente siempre (99,99%) apela en primera instancia, sentencia definitiva no significa sentencia firme, la sentencia definitiva puede ser apelada, tanto en primera como en sagunda instancia, normalmente apela la primera y deja que se haga firme la segunda instancia que es la de la Camara Federal de Apelaciones, normalmente la segunda instancia demora cerca de un año, es verdad, y si de mala suerte llegara a apelar esta , tendría que ir a Corte Suprema de Justicia, pero normalmente Anses no lo hace últimamente.
      Espero que te sirva la explicación, y mucha suerte

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  61. Ud. siempre remite a la pagina de consultas de la camara de la federal de la S:S. pero desde el año pasado esta pagina no se actualiza,he enviado e-mail al defensor de la tercera edad ,peridista especializados en jubilaciones pero nadie me contesto.Un actor pude ir a la camara y consultar sobre su expediente.no vivo en CABA tendria que viajar especialmente dado que mi abogado dice desconocer las causas

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    1. Disculpeme pero yo veo que se sigue actualizando en aquellos juicios que están en actividad, aquellos que no tiene movimiento si ya salio la sentencia definitiva firme no se actualizan porque que no tiene movimiento, si su causa salió con sentencia definitiva firme y ANSES ya fue notificado no debe fijarse en la pagina del PJN sino solamente en la ANSES, jubilados y pensionados, estado de expedientes.
      Mucha Suerte

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  62. entre al anses y no figura como ingresado ,y en la camara figura desde el 08 dic 2013 en despacho con sentencia art.259

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    1. Si está en despacho no puede haber movimientos hasta que salga a vista, durante todo enero fueron vacaciones y en febrero andan a media maquina, así que es muy factible que no haya habido movimientos en el juzgado-
      SECCION 5° - PROCEDIMIENTO ORDINARIO EN SEGUNDA
      INSTANCIA
      TRAMITE PREVIO. EXPRESION DE AGRAVIOS

      Art. 259. - Cuando el recurso se hubiese concedido respecto de sentencia definitiva dictada en proceso ordinario o sumario, en el día en que el expediente llegue a la cámara, el secretario dará cuenta y se ordenará que sea puesto en la oficina. Esta providencia se notificará a las partes personalmente, o por cédula. El apelante deberá expresar agravios dentro del plazo de DIEZ (10) días o de CINCO (5) días, según se tratase de juicio ordinario o sumario.
      Es factible que el juez este estudiando la causa y lo presentado.

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  63. puedo ir a la camara personalmente

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    1. Si el expediente no esta a vistas no se puede ver, esta en el despacho del juez, se que al juzgado puedes ir, a la camara de apelaciones no sé, tendrías que ver en que sala está y tirarte el lance.

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  64. muchas gracias,valoro tu tiempo en contestar nuestras preguntas de nuevo GRACIAS

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  65. Hola Charly, el tramite de mi mama aparece con el codi40 - Su trámite ha sido resuelto favorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, o bien para mayor información, por favor, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente.Esto aparece con fecha 5 de marzo 2014.- faltara mucho para el cobro? gracias

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  66. Hola Charly el expediente de mi señora fue rebotado 2 veces y posteriormente fue elevado a la CARSS, de allí salió con resolución favorable, volvió a Bahia Blanca, pasó por codigo 8, 90, 15 y ahora hace 2 meses que está en 22. Me podés orientar hacia donde va. desde ya muchas gracias.

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    1. Hola, mirá, el codigo 22 dice "Espera de Expediente de Archivo de Otra Area" por lo que veo aparentemente es un caso de autónomo y hasta hace poco rechazaban todo, pero por lo que veo lo aprobaron, paso por computos y ahora esperan otro archivo de otra area (esto pasa cuando es una pensión generalmente) y aparentemente estaría pronto a salir.
      Mucha suerte.

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    2. Charly es una sdm con aportes extemporaneos, hoy pasó nuevamente a código 82. Ahi ya había estado con anterioridad, la verdad me tiene desorientado.

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    3. Hola Charly después de 3 meses pasó de código 22 a código 82, antes de ir al 15 ya había estado en ese código. El trámite en cuestión es un sdm con aportes extemporaneos iniciado en diciembre de 2011 y la resolución favorable de la CARSS es de setiembre de 2013.

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    4. Codigo 82 significa "Remitido a Dictaminar", que saldrá es un misterio como todo lo que hace el ANSES, es una locura si ya salio favorable de parte de ellos, pero tratan de rechazar todo.

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    5. Ahora pasó de código 82 a código 15 otra vez, esto es una calesita.

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    6. Bueno Charly salió denegado, ahora bien cuando voy y miro el expediente que salió de la CARRS con código 40, después de 8 meses aparece ahora con código 05.

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    7. ¿Podes consultar los motivos de la denegatoria, acaso falta de aportes?, Si no estoy equivocado aún está en vigencia la moratoria jubilatoria.

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  67. hola charly, como estas? consulte el expediente de mi abuelo que inicio en el 2008, llamo al 130 y me dice con el numero de expediente que el tramite ha sido resuelto favorablemente, y despues entro a el estado del mismo y me dice esto:


    stado del Trámite: 41 - Su trámite ha sido resuelto desfavorablemente, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. F.Estado: 21.04.2009
    AFJP: UNIDOS F.Inicio(ANSES-AFJP): 04.11.2008
    Última dependencia: JUZGADO FEDERAL N¦ 1 SANTA FE
    Último Pase
    Dependencia Salida: UDAI SANTA FE Fecha Salida: 07.12.2010
    Dependencia Entrada: JUZGADO FEDERAL N¦ 1 SANTA FE Fecha Entrada 07.12.2010

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    1. Hola estimado, por lo que leo su expediente ingreso a el Juazgado Federal en el 2010, y no figurá más, habría que ver si figura con otro número de expediente,¿esto que es ? la jubilación, o un pedido de reajuste? .

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  68. un pedido de reajuste de haberes. y ahora volvi a ingresar y me aparecio lo siguiente:
    s tado del
    T rámite:
    0 4 - Su trámite ha s ido res uelto en forma favorable, s i la fec ha de
    res oluc ión es mayor a 3 0 días y aún no ha s ido notific ado, ac érques e
    a la ofic ina de la A N SeS donde s e enc uentra s u expediente y
    notifíques e pers onalmente. P ara más informac ión, c ontác tes e c on uno
    de nues tros operadores llamando al 1 3 0 .
    F.E s tado: 2 8 .0 4 .2 0 0 0
    A FJP : F.I nic io(A N SE SA
    FJP ):
    Ú ltima
    dependenc ia: JU ZG A D O FE D E RA L N ¦ 1 SA N T A FE
    Ú ltimo P as e
    D ependenc ia Salida: U D A I SA N T A FE Fec ha Salida: 0 7 .1 2 .2 0 1 0
    D ependenc ia E ntrada: JU ZG A D O FE D E RA L N ¦ 1 SA N T A FE Fec ha E ntrada 0 7 .1 2 .2 0 1 0
    Los datos es tán ac tualizados al 0 2 /0 6 /2 0 1 4

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  69. el anterior me figuraba con los anteultimos 3 numeros de expedientes distintos al que tengo que me dio el abogado, el ultimo que te pase me figura cn el expediente administrativo que tengo correcto.

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    1. Seguis sin informarme que es ?
      Ya que puedes buscarlo con el número de documento, a veces hay varios números de expediente.

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  70. Si te he respondido es un reajuste de haberes jubilatorios, mas retroactivos. Llamo al 130 y me dice con el numero d expediente administrativo que me extendio el abogado, que ha sido resuelto favorablemente, y ayer al ingresar al estado del expediente en anses, me salta con otro numero de expediente y me dice que se resolvio desfavorablemente y con el codigo 41. A los 15 min vuelvo a entrar pongo el expediente corresppondiente y me dice cogigo 04 resuelto favorablemente. Es normal que la base de datos de anses sea asi? me tengo que dirigir a alguna dependencia de anses? que se hace ahora? desde ya gracias.

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  71. Estimado, si es un reajuste de haberes no te fijes por el número de expediente, entra a este link (pintalo, copialo y l¡pegalo en el navegador)
    http://servicioswww.anses.gov.ar/igtpc/ConsTram.aspx
    Y con el número de documento busca en tipo de tramite: sentencias judiciales, alli te informará bien como está el tramite.
    Mucha suerte.

    P.D. Si sale codigo 40 y todavía no te notificaron por carta o el abogado todavía no sabe cuando cobrarás, ve a la UDAI más cercana y pregunta como está el tramite y si ya salió fecha de pago.
    Por teléfono no dan esta información.

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  72. Charly lo acabo de hacer y me dice que no existe informacion para los datos ingresados. Disculpame las molestias

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    1. Es de locos, debería figurar allí, bueno, te queda hacerte una corrida a la UDAI para averiguar bien.
      Mucha suerte.

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  73. Charly:
    Este 19/06 pasado el expediente de mi papá ( ya fallecido ) tuvo este movimiento:
    Dependencia Salida: DGSJ-INICIACION Fecha Salida: 19.06.2014
    Dependencia Entrada: DRSJ-COMPUTO Y LIQUIDACION "C" Fecha Entrada:

    Qué significa ? Muchas Gracias !

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    1. Hola Tocayo, disculpa el retraso, ya que estoy enfermo, significa que está siguiendo los pasos para el pago, si tu madre cobra su pensión cobrará si ellos dicen que corresponde y si no habrá que hacer la sucesión. Igual todavía faltan unos cuantos pasos para que salga, si sale favorable.
      Mucha Suerte.

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  74. este es el estado de mi tramite jubilatorio,por que ponen estado 04 y no 40.cuando pasa a ultimo pase.la fecha de inicio fue el 17/6/2014 y el de resolución 23/6/14.muchas gracias

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    1. Hola Mirta, claro si es un tramite para jubilarse es 04 cuando ya es otorgado y codigo 40 para la resolución favorable de las sentencias judiciales, tu tramite jubilatorio ya fue acordado y debes fijarte a partir de cuando cobras el haber, lo puedes hacer llamando al 130 o concurriendo a una UDAI para que te informen.

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  75. Estimado Charly: Buenas Tardes, antes que nada, sé que no tienes la lámpara de Aladino, pero sabe, porque nuestro querido ANSES, no ha publicado, la 2da. de Junio y 1era. de Julio, por el pago de Juicios?, se están guardando la platita, para los BUITRES?, ALGO ME "HUELE FEO". GRACIAS .CARIÑOS

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    1. Hola estimado, como bien dices debería tener la lámpara de Aladino para saber porque no están pagando sentencias, pero hasta en Twitter lo están denunciando.

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  76. Hola me puedes explicar q significa
    Fecha: 19.02.1991

    Estado: Su trámite ha sido resuelto en forma favorable, si la fecha de resolución es mayor a 30 días y aún no ha sido notificado, acérquese a la oficina de la ANSeS donde se encuentra su expediente y notifíquese personalmente. Para más información, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130.
    Muchas gracias

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    1. Hola Leonardo, no se a que te refieres ya que aquí faltan datos, que es una sentencia, una jubilación, esa fecha donde está, abajo donde figura de que dependencia salió o entró, lo buscaste como jubilación, o sentencias judiciales, que codigo tiene, por lo que "adivino" parecería que estás viendo, o cuando fue otorgada la jubilación o una sentencia anterior, pero como digo, estoy "adivinando".
      Mucha Suerte.

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  77. hola charly mi expediente de una pcn ,iniciada en abril del 2013,entro en anses en octubre de 2013, ahora se en cuentre en dto. de liquidaciones pero no tiene fecha , salio de acto administrativo el 15 de agosto de 2014

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    1. Hola, mira si la PNC entró en liquidaciones, (a veces pasa que entras mañana o pasado a fijarte y figura que ya entró hace unos días) en octubre o noviembre seguramente tendrás novedades, si nada raro ocurre, sabemos como es esto.
      Mucha Suerte

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  78. Hola Charly 28 de septiembre de 2014 drsj -cómputos y liquidación c anses
    reajuste de haberes.
    de un código 67 pase a un código 40, a los 20 días NO figura mas nada, me podes informar , que paso . GRACIAS POR TU TIEMPO.

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    1. Hola, si salió con codigo 40, es que es favorable, posiblemente tengas que seguirlo como jubilación o pensión y sino debes averiguar en una UDAI que pasó con ese expediente.

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  79. Hola Charly, 01/10/2014 reajuste de haberes exp: 024-xx-xxxxxxxx-x-150-1
    Me podes informar que quiere decir COORDINACION DE DEUDA DE PREVION
    después de haber pasado por el CODIGO 40 , UDAI ANSES.
    GRACIAS POR TU TIEMPO.

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    1. Hola, esa no la conozco, la que si vi es Verificación de Deudas Previsionales y es una de las últimas oficinas que pasa antes del pago, si no es la penúltima es la antepenúltima.
      Mucha SUerte

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  80. Mi papá falleció el 12/11/12... Al momento de su deceso tenía DOBLE SENTENCIA JUDICIAL por el cobro del AJUSTE DEL 82% MOVIL de su jubilación. El 04/11/13 venció el PLAZO de 120 dias de intimación de pago exigido legalmente. El 01/07/14 entró en DRSJ-COMPUTO Y LIQUDACION "C". El 19/09/14 entró en COORD. CONTROL DEUDAS PREVISIONALES
    La cuestión es que su viuda ( mi mamá, con avanzado Alzheimer ) sigue sin cobrar el merecido ajuste que NUNCA pudo gozar mi viejo...
     CUAL ES LA SITUACION ACTUAL ?
    consultas@anses.gov.ar jamás me contestó....

    Muchas Gracias Charly !!!!!!!!!

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    1. Hola, si ya está en control o Verificación de Deudas Previsionales es uno de los últimos pasos para cobrar, así que ya no queda nada más para hacer ya próximamente saldrá el pago, esperemos que sea entre diciembre y enero.
      Mucha Suerte

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  81. Hola: Te pregunto el expediente de reajuste de pensión ( luz y Fuerza) de mi tia está con código 29 - Su trámite ha sido derivado al Área Oficios Judiciales. Para más información, por favor, vuelva a consultar próximamente o bien, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130. Ultima dependencia DRSJ computo y liquidación desde el 26/08/2014.....tenés idea de qué se trata.
    Muchas Gracias por tu respuesta.

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    1. Hola, no lo sé, esto me descolocó, no se porque pasó a oficios judiciales, debería consultarlo con tu abogado.

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  82. Hola Charly, 03/10/2014 reajuste de haberes, exp 024-xx-xxxxxxxx-x-150-1
    Me podes informar que quiere decir COORDINACION DE DEUDA DE PREVISION. [ UDAI ANSES ]
    Después de haber pasado por los códigos 67 y 40 .
    GRACIAS POR TU TIEMPO.

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    1. Hola, codigo 40 significa que salió favorable ahora Coordinación deuda previsión, no la conozco, si la oficina Verificación deudas previsionales que es una de las últimas oficinas que debe pasar antes del pago, ahora puede que le hayan cambiado el nombre, no me extrañaría.

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  83. hola charly mi duda es mi papa fallecioel 3 d junio 2014 y antes de eso habia pasado un año y meses q el realizo el tramite y decia estado 15 etapad resolucion ultima etapa era y ahora dice : 50 - Para conocer en detalle de la situación de su trámite, por favor, contáctese con uno de nuestros operadores llamando al 130, o acérquese a la UDAI donde inició su trámite q es lo q pasa mi mama puede cobrar su pension q el jamas llego a cobrarla ? al fallecer gracias

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    1. Hola Emilse, no entiendo, tu papá inició el tramite jubilatorio o es la sentencia judicial para reajuste de haberes.
      El código 50 significa tramite inactivo ( está paralizado) posiblemente por el fallecimiento de tu padre si son los tramites jubilatorios, si es así tu madre no puede pedir la pensión derivada sino que tendrá que hacer la directa ya que nunca llegó a jubilarse.
      Yo te recomendaría que vayas a la UDAI donde tu papá inició los tramites y te guíen como debes seguirlos.
      Mucha suerte.

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  84. Hola Charly, 07/09/2014 reaj de haberes tramite 024000000000001501
    Datos del anses al dia: 23/09/2014
    alta 21/03/2014
    beneficio 150xxxx2003
    estado del tramite: 50: anula buav/reversión sentencia judicial.
    fecha ultimo estado:22/09/2014
    ultima dependencia :14111001 coord. control deudas previsionales.
    ultimo giro salida
    dependencia:14111001-coord.control deudas previsionales.
    entrada: 49010050-drsj-procesamiento de pagos.
    ...................................................................................................................................

    Antes de esto tuve un cod. 67, un cod. 40 y después NO figuraron mas .

    Me podes informar sobre esta situación.

    Gracias por tu tiempo.

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